lunes, diciembre 2, 2024

Protejamos a los perritos… las mujeres ahí que se la echen (II) / Feliciano J. Espriella

Fecha:

Olor a Dinero

Por: Feliciano J. Espriella

Viernes 8 de noviembre de 2024

Protejamos a los perritos… las mujeres ahí que se la echen (II)

En mi columna anterior abordé el tema de la reticencia a legislar en Sonora sobre la despenalización del aborto, desde la óptica de la que en mi opinión es una paradoja que mientras la anterior y actual legislatura del Congreso Local de Sonora han emitido diversas leyes para protección de especies animales, hipócritamente soslayan la promulgación de una Ley para despenalizar el aborto.

Según lo reveló el pasado mes de septiembre Silvia Núñez Esquer, integrante del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), la despenalización del aborto ya está presente en 13 Estados de la República Mexicana. Sin embargo, aquí en Sonora, a pesar de tener desde hace tres años un gobierno de izquierda y que tanto la legislatura anterior, como la vigente, son de corte progresista y mayoritariamente femeninas, no se han atrevido a legislar sobre el tema.

El tema de la despenalización del aborto, lo he publicado en varias ocasiones y lo reitero en ésta, es un problema de salud pública para proteger de intervenciones quirúrgicas insalubres y muy peligrosas a aquellas mujeres que han decidido interrumpir su embarazo anticipadamente, lo cual una vez que lo decidieron, lo harán, con o sin legislación al respecto.

A continuación, detallo brevemente las diferencias entre uno y otro caso.

Si una mujer decide realizarse un aborto en un estado donde es legal y acude a una clínica u hospital, el proceso generalmente sigue estos pasos:

1.     Consulta inicial: La mujer tendrá una consulta con un profesional de salud para discutir sus opciones, el procedimiento y cualquier riesgo asociado. También se le puede realizar un examen físico y pruebas de laboratorio.

2.     Consentimiento informado: Se le proporcionará información detallada sobre el procedimiento y se le pedirá que firme un consentimiento informado, asegurando que comprende los riesgos y beneficios.

3.     Procedimiento: Dependiendo de la etapa del embarazo, el aborto puede ser médico (mediante medicamentos) o quirúrgico. El profesional de salud explicará cuál es el más adecuado.

4.     Cuidado post-aborto: Después del procedimiento, se le proporcionarán instrucciones sobre el cuidado post-aborto y se programará una cita de seguimiento para asegurarse de que la recuperación sea adecuada.

5.     Apoyo emocional: Muchas clínicas y hospitales también ofrecen apoyo emocional y consejería para ayudar a la mujer a manejar cualquier sentimiento o preocupación que pueda tener.

Este proceso está diseñado para garantizar la seguridad y el bienestar de la mujer, respetando su derecho a tomar decisiones sobre su propio cuerpo.

Por el contrario, Si una mujer decide realizarse un aborto en un estado donde no es legal y acude a una clínica u hospital, puede enfrentar varias consecuencias, tanto legales como médicas:

1.     Rechazo del servicio: Las clínicas y hospitales en estados donde el aborto es ilegal no realizarán el procedimiento. El personal médico está obligado a seguir las leyes locales y puede rechazar la solicitud de aborto.

2.     Riesgo legal: La mujer puede enfrentarse a consecuencias legales, incluyendo multas y prisión. Además, los profesionales de la salud que realicen el aborto también pueden enfrentar sanciones legales.

3.     Riesgo para la salud: Ante la falta de servicios seguros, algunas mujeres pueden recurrir a métodos clandestinos y peligrosos para abortar, lo que incrementa el riesgo de complicaciones graves para su salud.

4.     Estigmatización: La mujer puede enfrentar estigmatización y rechazo social por intentar realizarse un aborto en un entorno donde es ilegal.

Es importante destacar que la penalización del aborto puede tener graves implicaciones para la salud y el bienestar de las mujeres, así como consecuencias de carácter penal. Se conoce que desde 2010 hasta mediados de 2024, nueve mujeres y un hombre fueron sentenciados en Sonora por abortar, y se abrieron 91 carpetas de investigación por este delito debido a la criminalización del aborto en el estado.

Además, aunque no hay registros al respecto, no es nada improbable que algunos de los abortos inducidos que anualmente se les provocan a mujeres sonorenses, les ocasionen daños colaterales con afectaciones a su salud, su capacidad reproductiva o incluso la muerte.

Por lo anterior, insisto, es, como dicen los diputados cuando desde palacio les ordenan promulgar rápidamente algún tema de interés del ejecutivo: “es de urgente y obvia necesidad” que en Sonora se promulgue de una vez y por todas, la Ley que despenalice el aborto.

Por hoy fue todo. Gracias por su tolerancia y hasta la próxima.

Twitter: @fjespriella

Correo: [email protected]

Compartir publicación:

spot_imgspot_img

Popular

Relacionado
Relacionado

Hermosillo lidera en competitividad urbana / Feliciano J. Espriella

Olor a Dinero Por: Feliciano J. Espriella Viernes 29 de noviembre...

Aprendizaje a la mala… / Armando Vásquez A.

Archivo Confidencial Por Armando Vásquez A. Viernes 29 de noviembre de...

El debido proceso / Rafael Cano Franco

El Juglar de la Red Por Rafael Cano Franco Viernes 29...

¡Exhiben al de la CEDH! / Martín Romo (El Verdugo)

Sin Medias Tintas Por Martín Romo (El Verdugo) Viernes 29 de...